Guía · Mordeduras de perro
¿Qué dice la ley de California sobre las mordeduras de perro?
Cómo funciona la ley de California sobre mordeduras de perro: responsabilidad objetiva, derribos, arrendadores, provocación, veterinarios, seguros, reportes de mordeduras y plazos.
Respuesta directa
¿El dueño de un perro es responsable por una mordedura en California?
Sí, en la mayoría de los casos. Según el Código Civil, sección 3342, el dueño de un perro es responsable cuando el perro muerde a alguien en un lugar público o mientras la persona lesionada estaba legalmente en una propiedad privada, incluida la casa del dueño, aunque el perro nunca hubiera mordido antes y el dueño no tuviera motivos para esperarlo. La ley cubre solo las mordeduras; los derribos, los reclamos contra arrendadores y los reclamos de quienes entraron sin autorización o provocaron al perro siguen otras reglas.
Puntos clave
Lo más importante
- California no tiene una regla de “la primera mordedura es gratis” en los casos de mordedura: según el § 3342, los antecedentes del perro y lo que sabía el dueño no importan.
- La persona mordida debe haber estado en un lugar público o legalmente en una propiedad privada.
- Las lesiones sin mordedura, como un derribo, por lo general son reclamos por negligencia, y la provocación o la propia culpa de la persona lesionada pueden reducir o impedir la compensación.
- Una demanda por lo general debe presentarse dentro de dos años, y un reclamo contra una agencia pública, dentro de seis meses.
La ley de mordeduras de perro: Código Civil, § 3342
La sección 3342(a) hace al dueño de cualquier perro responsable de los daños que sufra una persona mordida “mientras está en un lugar público o legalmente en un lugar privado, incluida la propiedad del dueño del perro, sin importar la ferocidad anterior del perro ni el conocimiento que el dueño tuviera de esa ferocidad”. La persona lesionada no tiene que probar que el dueño fue descuidado. Tres detalles determinan la mayoría de los reclamos:
- Estar legalmente en una propiedad privada significa estar allí por invitación, expresa o implícita, o para cumplir un deber establecido por la ley estatal o federal o por los reglamentos postales, como un cartero.
- La mordedura no tiene que romper la piel, como señalan las fuentes citadas con la instrucción al jurado sobre esta ley (CACI No. 463).
- Los perros policía y militares son una excepción limitada. Cubre al perro de una agencia del gobierno que muerde mientras se defiende de una provocación o mientras ayuda a un agente de las formas que enumera la ley, aplica solo si la agencia tiene una política por escrito sobre el uso del perro y nunca aplica a un transeúnte que no participaba en la conducta que llevó al uso del perro ni era sospechoso de ella (§ 3342(b)–(d)).
Perros que ya han mordido
Para un reclamo según el § 3342 no hace falta una mordedura anterior, pero una mordedura anterior activa otras reglas. Según el Código Civil, § 3342.5, el dueño de un perro que ha mordido a alguien debe tomar medidas razonables para eliminar el peligro para los demás. Después de mordeduras en al menos dos ocasiones distintas, cualquier persona, el fiscal de distrito o el abogado de la ciudad puede demandar, y el tribunal puede ordenar que se retire al perro o, si es necesario, que se le sacrifique.
El Código de Alimentos y Agricultura agrega un proceso de audiencia. Un perro puede declararse “potencialmente peligroso” después de una mordedura no provocada que causa una lesión menos grave (§ 31602), o “feroz” (vicious) si, sin provocación, causa una lesión grave, es decir, desgarros musculares, laceraciones que desfiguran o heridas que requieren varias suturas o una cirugía correctiva o estética (§§ 31603, 31604), y un perro feroz puede ser sacrificado después de una audiencia (§ 31645). Un dueño que sabe que un animal es peligroso y lo deja andar suelto o lo tiene sin el cuidado ordinario también puede enfrentar cargos penales si el animal mata o lesiona gravemente a alguien que tomó precauciones razonables (Código Penal, § 399). Esos procesos son independientes del reclamo civil de la persona lesionada, pero sus registros pueden mostrar lo que sabía el dueño.
Lesiones sin mordedura: derribos y negligencia
El § 3342 cubre solo las mordeduras. Cuando un perro derriba a alguien, causa una caída o rasguña sin morder, el reclamo por lo general se basa en la negligencia, como dejar suelto a un perro, o en que el dueño conocía las tendencias peligrosas del perro (CACI No. 462).
Aquí importan las leyes de correa. Según el Código de Evidencia, § 669, se presume que una persona que infringe una ley o una ordenanza no actuó con el debido cuidado cuando la infracción causó la lesión, la ley tenía como fin prevenir ese tipo de lesión y la persona lesionada era alguien a quien la ley buscaba proteger. La presunción puede refutarse, así que los testigos y el video suelen ser la prueba más sólida.
Arrendadores y administradores de propiedades
Por lo general, un arrendador no es responsable del perro de un inquilino. La excepción, que establecen la CACI No. 1013 y los casos que cita, aplica cuando el arrendador sabía que el perro era peligroso, tenía la posibilidad de evitar el daño, por ejemplo haciendo que se retirara al perro, y no tomó medidas razonables para hacerlo. Las quejas al administrador, los reportes anteriores a control de animales y las cláusulas del contrato de arrendamiento sobre mascotas pueden mostrar lo que sabía el arrendador. El reclamo contra el dueño del perro se mantiene.
Provocación, entrada sin autorización, veterinarios y culpa compartida
La ley no protege a una persona que no estaba legalmente en la propiedad. La propia conducta de la persona lesionada, como molestar o provocar al perro, también puede reducir o impedir la compensación: las fuentes citadas con la CACI No. 463 señalan que la asunción del riesgo y la propia negligencia de la persona lesionada todavía pueden alegarse en un reclamo según el § 3342. Cuando la culpa es compartida, California reduce los daños de la persona lesionada según su porcentaje de responsabilidad, en lugar de impedir el reclamo (CACI No. 405).
Las personas que toman a un perro a su cuidado profesional por lo general aceptan el riesgo de ser mordidas. Las mismas fuentes aplican esto a los veterinarios y a los asistentes veterinarios, lo que suele llamarse la regla del veterinario, y en Priebe v. Nelson (2006) el Tribunal Supremo de California resolvió que una trabajadora de una perrera no podía invocar la responsabilidad objetiva del § 3342. Aun así, puede haber un reclamo cuando el dueño sabía que el perro era feroz y no se lo advirtió a quien lo cuidaba.
Cómo reportar una mordedura y las reglas sobre la rabia
OC Animal Care indica que la ley obliga a los residentes a reportar cualquier mordedura o rasguño de un animal doméstico o silvestre, y que un perro o un gato que muerde debe quedar en cuarentena durante 10 días, en la propiedad del dueño o en el OC Animal Care Center, según las circunstancias. Describe el reporte de una mordedura como un paso de salud pública para prevenir la rabia, no como una declaración sobre el comportamiento del animal ni sobre la negligencia o la responsabilidad de nadie.
Las ciudades del Condado de Orange usan distintas agencias de servicios de animales, así que reporte la mordedura a la agencia que atiende el lugar donde ocurrió. El número del reporte y los registros de la cuarentena a menudo son la primera prueba de quién era el dueño del perro. La guía del despacho sobre los primeros pasos después de una mordedura de perro en el Condado de Orange, enlazada más abajo, cubre la lista práctica.
Seguros y mordeduras en el trabajo
Los reclamos por mordeduras de perro por lo general se pagan, si es que se pagan, por medio del seguro de propietario de vivienda, de inquilino u otro seguro de responsabilidad civil del dueño, sujeto a los límites, los términos y las exclusiones de la póliza, y también puede aplicar una póliza paraguas (umbrella), de arrendador o de negocio. Importa la redacción real de la póliza, así que solicite pronto la información del seguro del dueño del perro y del dueño de la propiedad.
Un trabajador mordido en el trabajo, como un repartidor, puede reclamar la compensación laboral (workers’ compensation) y, por separado, presentar un reclamo contra el dueño del perro: un reclamo de compensación laboral no afecta el derecho a demandar a alguien distinto del empleador (Código Laboral, § 3852).
Qué puede incluir un reclamo
Busque primero atención médica, incluso por la mordedura de un perro pequeño. El Departamento de Salud Pública de California recomienda lavar la mordedura de inmediato con agua corriente y jabón y buscar atención médica si aparecen dolor, enrojecimiento, hinchazón o secreción, y el expediente médico se convierte en el primer registro de la lesión. Las cicatrices deben evaluarse después de que sanan, no solo a partir de la primera fotografía, y las cicatrices de un niño pueden necesitar evaluación a medida que crece. Según las lesiones y la cobertura disponible, un reclamo puede incluir:
- Atención de emergencia, cuidado de las heridas y tratamiento de infecciones
- Tratamiento futuro, como la revisión de cicatrices o una cirugía reconstructiva
- Consejería por ansiedad, pesadillas o miedo a los perros
- Ingresos perdidos
- Dolor, cicatrices y desfiguración, y daño emocional
Plazos
Las conversaciones con una aseguradora no extienden, por sí solas, un plazo para presentar una demanda. Los plazos principales:
- Demandas: por lo general, dos años desde la mordedura (Código de Procedimiento Civil, § 335.1).
- Entidades públicas: si intervino un perro policía o la propiedad o un empleado de una agencia pública, por lo general debe presentarse un reclamo gubernamental por escrito dentro de seis meses (Código de Gobierno, § 911.2).
- Niños: los dos años por lo general no corren mientras la persona lesionada es menor de edad (Código de Procedimiento Civil, § 352(a)), pero esa regla no extiende el plazo de seis meses del reclamo gubernamental (§ 352(b)), y el acuerdo del reclamo de un niño por lo general necesita la aprobación del tribunal superior (Código de Sucesiones, § 3500).
Preguntas frecuentes
Preguntas sobre este tema
¿Es California un estado de responsabilidad objetiva en las mordeduras de perro?
Sí, en el caso de las mordeduras. Según el Código Civil, sección 3342, el dueño de un perro es responsable por una mordedura en un lugar público o mientras la persona lesionada estaba legalmente en una propiedad privada, incluida la casa del dueño, aunque el perro nunca hubiera mordido antes y sin importar lo que el dueño supiera. Las excepciones incluyen a quienes entran sin autorización, ciertas mordeduras de perros policía y militares, y los veterinarios y los trabajadores de las perreras que asumieron el riesgo.
¿Puedo presentar un reclamo si un perro me derribó pero no me mordió?
A menudo, sí, pero no bajo la ley de mordeduras de perro, que cubre solo las mordeduras. Un reclamo por un derribo por lo general se basa en la negligencia, como dejar suelto a un perro, o en que el dueño sabía que el perro era peligroso. Infringir una ley de correa puede generar una presunción de negligencia según el Código de Evidencia, § 669. Los testigos y el video a menudo son lo más importante.
¿Es responsable un arrendador por el perro de un inquilino en California?
Por lo general no, pero hay una excepción. Un arrendador puede ser responsable cuando sabía que el perro era peligroso y tenía la posibilidad de evitar el daño, por ejemplo haciendo que se retirara al perro, pero no tomó medidas razonables. Las quejas al administrador y los reportes anteriores a control de animales pueden mostrar lo que sabía el arrendador. El reclamo contra el dueño del perro también se mantiene.
¿Qué pasa si provoqué al perro o tuve parte de la culpa?
Su compensación puede reducirse o quedar impedida. Provocar o molestar a un perro puede alegarse como defensa, y cuando la culpa es compartida, California reduce los daños según el porcentaje de responsabilidad de la persona lesionada, en lugar de impedir el reclamo (CACI No. 405). La ley de mordeduras de perro no cubre en absoluto a las personas que no estaban legalmente en la propiedad.
¿Puede un veterinario o un trabajador de una perrera demandar por una mordedura de perro?
Por lo general no, según la ley de mordeduras de perro. En Priebe v. Nelson (2006), el Tribunal Supremo de California resolvió que una trabajadora de una perrera que tomó a un perro a su cuidado asumió el riesgo de ser mordida, por lo que no aplicaba la responsabilidad objetiva. Aun así, puede haber un reclamo si el dueño sabía que el perro era feroz y no se lo advirtió a la trabajadora.
¿Cuánto tiempo tengo para presentar una demanda por una mordedura de perro en California?
Por lo general, dos años desde la mordedura, según el Código de Procedimiento Civil, § 335.1. Si interviene una entidad pública, como un perro policía o la propiedad o un empleado de una agencia pública, por lo general debe presentarse un reclamo gubernamental por escrito dentro de seis meses según el Código de Gobierno, § 911.2. En el caso de un niño, los dos años por lo general no corren hasta la mayoría de edad, pero el plazo de seis meses del reclamo no se extiende.
Fuentes primarias
Leyes de California y fuentes oficiales
La mayoría de estas fuentes oficiales están disponibles solo en inglés.
- Código Civil de California, § 3342 (ley de mordeduras de perro)
- Código Civil de California, § 3342.5 (perros que han mordido)
- Código de Alimentos y Agricultura de California, § 31602 (perro potencialmente peligroso)
- Código de Alimentos y Agricultura de California, § 31603 (perro feroz)
- Código de Alimentos y Agricultura de California, § 31604 (lesión grave)
- Código de Alimentos y Agricultura de California, § 31645 (perro feroz después de una audiencia)
- Código Penal de California, § 399 (animal peligroso suelto)
- Código de Evidencia de California, § 669 (presunción de negligencia)
- Código Laboral de California, § 3852 (reclamos contra alguien distinto del empleador)
- Código de Procedimiento Civil de California, § 335.1
- Código de Procedimiento Civil de California, § 352 (menores de edad)
- Código de Gobierno de California, § 911.2
- Código de Sucesiones de California, § 3500 (aprobación judicial del acuerdo de un menor)
- Consejo Judicial de California — Instrucciones al jurado en casos civiles (CACI), edición 2026 (Nos. 405, 462, 463, 1013)
- OC Animal Care — reportar una mordedura de animal
- Departamento de Salud Pública de California — mordeduras de animales
