Qué implica el reclamo
California da protección adicional a las personas mayores y a los adultos dependientes cuando quienes los cuidan les fallan.
La Ley de Protección Civil de Personas Mayores y Adultos Dependientes de California (Elder Abuse and Dependent Adult Civil Protection Act, Código de Bienestar e Instituciones, sección 15600 y siguientes) protege a las personas de 65 años o más, y a los adultos de 18 a 64 años cuyas limitaciones físicas o mentales restringen su capacidad para realizar actividades normales o proteger sus derechos, contra el abuso físico, la negligencia, el abandono, el aislamiento y el abuso financiero. La negligencia incluye que un cuidador no ayude con la higiene personal, no proporcione alimentos, agua y atención médica, no prevenga la desnutrición y la deshidratación o no proteja a la persona de riesgos para su salud y seguridad.
Cuando la negligencia o el abuso se prueban con evidencia clara y convincente y el responsable actuó con imprudencia temeraria, opresión, fraude o malicia, la ley permite remedios que van más allá de los de un caso ordinario de lesiones, incluidos los honorarios de abogado y los costos del litigio (sección 15657). Para obtener esos remedios contra la empresa que opera un centro, también hay que probar lo que sus gerentes sabían, autorizaron o ratificaron (Código Civil, sección 3294(b)). Kyle Scott Law revisa los expedientes, el plan de cuidado y el historial del centro para determinar si la evidencia respalda un reclamo.
La negligencia es una falta de cuidado
Un mal resultado no es negligencia por sí solo. La negligencia es que un cuidador no brinde la atención que daría una persona razonable en su posición, como cambiar de posición a un residente que no puede moverse, prevenir la deshidratación, supervisar a alguien con riesgo de caídas o conseguir ayuda médica cuando una condición empeora.
Abuso de personas mayores o negligencia médica
Los reclamos sobre el cuidado básico de un centro, como cambiar de posición, alimentar, hidratar, asear y supervisar, pueden regirse por la Ley de Protección de Personas Mayores. Los reclamos sobre el juicio profesional de un proveedor de salud, como un diagnóstico o una cirugía, suelen ser de negligencia médica, con reglas y plazos distintos. Muchos casos involucran ambos.
Los registros del propio centro
Los planes de cuidado, los registros de cambios de posición, los registros de medicamentos, los niveles de personal, los reportes de incidentes y las inspecciones estatales suelen mostrar lo que debía hacerse y lo que no se hizo. El despacho los solicita pronto, antes de que se pierdan.
Plazos
La mayoría de los reclamos por lesiones deben presentarse dentro de dos años, pero los que involucran la negligencia profesional de un proveedor de salud pueden tener plazos más cortos, y un reclamo contra un centro público generalmente requiere un reclamo gubernamental dentro de seis meses. Las reglas que aplican dependen de los hechos, por eso conviene una revisión pronta.
Casos que revisa el bufete
Asuntos comunes de abuso y negligencia de personas mayores.
Información que puede ser importante
Un reclamo sólido comienza con la preservación de pruebas.
Los registros útiles varían según el caso. La revisión inicial identifica lo que existe, lo que debe solicitarse y lo que conviene preservar antes de que se pierda.
Preguntas frecuentes
Preguntas sobre reclamos de abuso y negligencia de personas mayores.
¿Qué se considera abuso o negligencia de personas mayores en California?
Según la Ley de Protección Civil de Personas Mayores y Adultos Dependientes, el abuso incluye el abuso físico, la negligencia, el abandono, el aislamiento y el abuso financiero de una persona de 65 años o más o de un adulto dependiente. La negligencia es que quien tiene a su cargo el cuidado de la persona no brinde la atención que daría una persona razonable en su posición, como ayuda con la higiene, alimentos y agua, atención médica y protección contra riesgos para su salud y seguridad.
¿Quién puede ser responsable?
Según los hechos, un asilo de ancianos, un centro de enfermería especializada, un centro de vida asistida o de cuidado residencial, una agencia de cuidado en el hogar, un cuidador individual o la empresa que opera el centro. Los centros grandes a menudo son propiedad de una empresa y administrados por otra, y el despacho identifica a cada una.
¿Qué debemos hacer si sospechamos abuso o negligencia?
Primero asegúrese de que su ser querido esté a salvo y reciba atención médica; en una emergencia, llame al 911. Reporte el abuso sospechado en un centro de cuidado a largo plazo al ombudsman de cuidado a largo plazo o a la policía local, y el abuso en otros lugares a Servicios de Protección para Adultos. Tome fotografías de las lesiones, lleve una cronología por escrito y guarde sus mensajes con el centro.
¿Podemos presentar un reclamo si nuestro ser querido falleció?
A menudo, sí. Según los hechos, la familia puede tener un reclamo por muerte injusta, y el patrimonio o el sucesor en interés puede presentar el reclamo propio de la persona. Cuando se cumple el estándar más exigente de la ley, ese reclamo puede incluir daños por el dolor y el sufrimiento que la persona soportó antes de morir, hasta un límite fijado por ley.
¿Una úlcera por presión siempre es negligencia?
No. Algunas úlceras por presión aparecen a pesar de un buen cuidado. El reclamo depende de si el centro evaluó el riesgo, siguió un plan de cuidado para prevenir la lesión y la trató adecuadamente cuando apareció. Los registros de cuidado suelen responder esas preguntas.
¿Debemos trasladar a nuestro ser querido antes de llamar a un abogado?
La seguridad es lo primero, y trasladar a un residente a un lugar con mejor cuidado no termina un reclamo. Antes del traslado o poco después, solicite una copia del expediente del centro y conserve fotografías y notas de las condiciones que observó.
¿Cuánto cuesta?
Nada por adelantado. El despacho trabaja con honorarios de contingencia y adelanta los gastos del caso. No cobramos honorarios ni costos a menos que haya una recuperación.
Esta página ofrece información general, no asesoría legal. Se necesita una consulta para evaluar los hechos, plazos, partes y leyes que pueden aplicarse a un asunto específico.
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