Un despacho de defensa presume: “¡Reclamos de un menor por una lesión cerebral grave durante un partido de fútbol americano, impedidos por presentarse fuera de plazo!”
Esta es una publicación real de un conocido despacho de defensa que representa a distritos escolares y otras entidades públicas: “Reclamos de un menor por una lesión cerebral grave durante un partido de fútbol americano, impedidos por presentarse fuera de plazo Un demandante menor de edad…
Esta es una publicación real de un conocido despacho de defensa que representa a distritos escolares y otras entidades públicas: “Reclamos de un menor por una lesión cerebral grave durante un partido de fútbol americano, impedidos por presentarse fuera de plazo
Un demandante menor de edad sufrió una lesión cerebral grave durante una jugada de tacleo en un partido de fútbol americano avalado por una escuela preparatoria. El demandante no presentó a tiempo un Reclamo por Daños y, por lo tanto, solicitó al Tribunal que lo eximiera de las consecuencias de no haber presentado a tiempo un Reclamo por Daños. El Distrito se opuso con éxito a la Petición, y el Tribunal desestimó de manera preventiva cualquier demanda futura contra el Distrito derivada de las lesiones del demandante.”
Aunque no participé en este caso, por la información publicada puedo ver que el menor con lesión cerebral no presentó a tiempo un reclamo gubernamental dentro de los seis meses posteriores al incidente. La ley trata a un distrito escolar y a muchas instalaciones que prestan servicios, como una compañía pública de autobuses o un hospital, como entidades gubernamentales. Por lo tanto, según la ley, usted debe presentar un reclamo dentro de los seis meses posteriores al incidente. Si no lo presenta dentro del plazo establecido, puede entonces solicitar a la entidad permiso para presentar un reclamo tardío, dentro de un año a partir del incidente. Cuando el reclamante fue menor de edad durante todo el período de seis meses, la entidad debe conceder la solicitud; si la niega, usted presenta una petición ante el tribunal. Pero, como puede ver por la publicación de este despacho de defensa, la entidad pública contratará abogados y argumentará en contra de que el juez le permita a su hijo presentar un “reclamo tardío”. Así que, cuando su hijo se lastime en la escuela, o su mamá se lastime en un autobús, o usted reciba atención médica en un hospital que comete negligencia médica, debe comunicarse con un abogado con experiencia en la presentación de reclamos gubernamentales y en litigar estos asuntos para proteger sus derechos. Usted no quiere ser la pobre persona a la que el despacho de defensa presume haberle “ganado la partida” porque tardó en comunicarse con un abogado competente.
