Guía · Accidentes de viajes compartidos
¿Quién paga después de un accidente de Uber o Lyft en California?
Cómo funciona el seguro de viajes compartidos en California: la cobertura mientras el conductor espera una solicitud, durante el viaje y con la aplicación apagada; el cambio de 2026 a la cobertura para conductores sin seguro; las pruebas, y los plazos.
Respuesta directa
¿Quién paga después de un accidente de Uber o Lyft en California?
Depende de lo que mostraba la aplicación del conductor del viaje compartido en el momento del choque. El Código de Servicios Públicos de California exige que las empresas de viajes compartidos como Uber y Lyft, y sus conductores, tengan seguro por etapas. Desde el momento en que el conductor acepta un viaje hasta que el viaje termina, aplica una cobertura primaria de $1,000,000. Mientras el conductor está conectado y en espera de una solicitud, la cobertura primaria exigida es de $50,000 por persona y $100,000 por incidente por muerte y lesiones personales, y de $30,000 por daños a la propiedad, más al menos $200,000 en cobertura en exceso (Código de Servicios Públicos, § 5433). Desde el 1 de enero de 2026, la empresa también debe proporcionar cobertura para conductores sin seguro o con seguro insuficiente de $60,000 por persona y $300,000 por incidente mientras un pasajero está en el auto. Con la aplicación apagada, generalmente aplica la póliza personal del conductor.
Puntos clave
Lo más importante
- El estado de la aplicación del conductor del viaje compartido en el momento del choque decide qué seguro aplica.
- Desde que se acepta el viaje hasta que termina, la ley exige $1,000,000 en cobertura primaria; mientras el conductor espera una solicitud, límites primarios más bajos más al menos $200,000 en cobertura en exceso.
- Desde el 1 de enero de 2026, la cobertura para conductores sin seguro o con seguro insuficiente que la empresa debe proporcionar mientras hay un pasajero a bordo es de $60,000 por persona y $300,000 por incidente, una reducción desde $1,000,000.
- Guarde el recibo del viaje y las capturas de pantalla de la aplicación, y obtenga la información tanto del seguro personal del conductor como del seguro de viajes compartidos.
El estado de la aplicación del conductor decide la cobertura
California regula las empresas de viajes compartidos, que la ley llama empresas de red de transporte (transportation network companies, TNC), a través del Código de Servicios Públicos (Public Utilities Code) y de la Comisión de Servicios Públicos de California (California Public Utilities Commission). El seguro que exige la ley depende de lo que el conductor estaba haciendo en la aplicación cuando ocurrió el choque. La Comisión describe tres periodos: con la aplicación encendida y en espera de una solicitud; de camino a recoger al pasajero después de aceptar una; y durante el viaje, con el pasajero a bordo.
Desde el momento en que el conductor acepta una solicitud de viaje hasta que completa la transacción en la aplicación o el viaje termina, lo que ocurra después, el seguro de viajes compartidos debe ser primario y proporcionar $1,000,000 por muerte, lesiones personales y daños a la propiedad. Puede proporcionarlo la empresa, una póliza del propio conductor emitida para el uso en viajes compartidos, o ambas en conjunto (Código de Servicios Públicos, § 5433(b)).
Mientras el conductor está conectado y disponible pero no ha aceptado una solicitud, y de nuevo después de que termina un viaje hasta que acepta otra solicitud o cierra la sesión, la cobertura exigida es un seguro primario de al menos $50,000 por persona y $100,000 por incidente por muerte y lesiones personales, y de $30,000 por daños a la propiedad, más una cobertura en exceso de al menos $200,000 por evento que la empresa debe mantener (§ 5433(c)).
Con la aplicación apagada, estas reglas de seguro de viajes compartidos no aplican, y el reclamo generalmente procede como el de cualquier otro choque, contra el seguro de auto personal del conductor. Con la aplicación encendida, la póliza de auto personal del conductor no da cobertura a menos que cubra expresamente el uso en viajes compartidos, por sus términos o por un endoso (§ 5434(b)).
Estos son mínimos, no un techo a la responsabilidad. La ley establece que no limita la responsabilidad de una empresa de viajes compartidos, en una demanda contra la empresa, por montos superiores a la cobertura exigida (§ 5433(f)). Si la empresa, o cualquier otra persona distinta del conductor, es legalmente responsable es una cuestión separada que depende de los hechos.
La cobertura para conductores sin seguro cambió el 1 de enero de 2026
Un pasajero de un viaje compartido puede resultar lesionado por otra persona por completo, como un conductor que se pasa un semáforo en rojo o choca por detrás al auto del viaje compartido. Si ese conductor no tiene seguro o tiene muy poco, la cobertura para conductores sin seguro o con seguro insuficiente (UM/UIM) puede cubrir la diferencia. California exige que la propia empresa de viajes compartidos proporcione esa cobertura desde el momento en que el pasajero entra al vehículo hasta que sale, y la hace primaria sobre cualquier otra cobertura para conductores sin seguro o con seguro insuficiente que aplique (§ 5433(b)(2)).
El monto exigido cambió. El Proyecto de Ley del Senado (Senate Bill) 371 de 2025 lo redujo de $1,000,000 a $60,000 por persona y $300,000 por incidente, con vigencia desde el 1 de enero de 2026, e hizo de la cobertura una obligación exclusiva de la empresa. Para un choque anterior a esa fecha, la cobertura depende de la póliza vigente en ese momento. La cobertura primaria de $1,000,000 por la responsabilidad propia del conductor del viaje compartido durante un viaje no cambió.
La póliza de auto propia del pasajero, o la de un miembro de su hogar, también puede incluir cobertura para conductores sin seguro. Si aplica a un viaje compartido, y en qué orden pagan las pólizas, depende de sus términos y de la sección 11580.2 del Código de Seguros, así que solicite pronto las páginas de declaraciones y los formularios de las pólizas.
Pasajeros, otros conductores y peatones
Quién resultó lesionado, y dónde, define el reclamo:
- Pasajeros. Un pasajero lesionado por el descuido del conductor del viaje compartido generalmente recurre a la cobertura de $1,000,000 que aplica durante el viaje. Un pasajero lesionado por otro conductor reclama contra el seguro de ese conductor, y la cobertura para conductores sin seguro o con seguro insuficiente de la empresa de viajes compartidos puede aplicar si ese seguro no existe o es demasiado pequeño.
- Otros conductores. Un conductor golpeado por un vehículo de viaje compartido reclama contra la cobertura que corresponde al estado de la aplicación del conductor del viaje compartido: el seguro personal del conductor si la aplicación estaba apagada, los límites del periodo de espera y la cobertura en exceso si el conductor estaba conectado y en espera, y $1,000,000 si el conductor había aceptado un viaje o llevaba un pasajero a bordo.
- Peatones y ciclistas. Los mismos periodos aplican a un peatón o ciclista atropellado por un conductor de un viaje compartido. Si no se puede identificar al conductor, puede aplicar la cobertura para conductores sin seguro propia de la persona lesionada, o la de un miembro de su hogar, sujeta a la póliza y a las condiciones de la ley para casos de choque y fuga, incluidos un reporte a la policía dentro de 24 horas y una declaración jurada a la aseguradora dentro de 30 días (Código de Seguros, § 11580.2(b)).
Pruebas que debe guardar después de un choque de viaje compartido
Si el conductor estaba conectado, de camino a recoger al pasajero o durante el viaje con un pasajero a bordo suele probarse con los propios registros de la empresa. La ley exige que una empresa de viajes compartidos o su aseguradora coopere con las demás aseguradoras que investigan la cobertura, incluso proporcionando la fecha y la hora del accidente y las horas exactas en que el conductor inició y cerró sesión en la aplicación (Código de Servicios Públicos, § 5435).
Conserve también sus propios registros, mientras sean fáciles de obtener:
- Capturas de pantalla del viaje en la aplicación: el nombre y la foto del conductor, el vehículo y la placa, la ruta, las horas de recogida y de llegada, y cualquier mensaje.
- El recibo del viaje o el correo electrónico de confirmación, y cualquier reporte que envíe a través de la aplicación.
- Los nombres, la licencia, el registro del vehículo y la información del seguro de los demás conductores, y en el caso del conductor del viaje compartido, tanto la póliza personal como la cobertura de viajes compartidos.
- Fotografías de los vehículos, del lugar, de cualquier letrero o calcomanía de viajes compartidos en el auto, de los semáforos y de sus lesiones, con los nombres de los testigos y de los demás pasajeros.
- El número del reporte de la policía o de la Patrulla de Caminos de California (CHP), y cualquier video de cámara de tablero o de un negocio cercano antes de que se sobrescriba.
Reportes y plazos
Un conductor involucrado en un choque que lesiona o mata a alguien, o que causa más de $1,000 en daños a la propiedad de una sola persona, debe reportarlo al DMV (Departamento de Vehículos Motorizados de California) en el formulario SR-1 dentro de 10 días (Código de Vehículos, § 16000). Reporte el choque también a través de la aplicación y notifique a su propia aseguradora como lo exija su póliza.
La mayoría de las demandas por lesiones deben presentarse dentro de dos años (Código de Procedimiento Civil, § 335.1). Un reclamo que involucra a una entidad pública, como un vehículo de la ciudad o una condición peligrosa de la vía, generalmente requiere un reclamo gubernamental por escrito dentro de seis meses (Código de Gobierno, § 911.2). Ciertos reclamos bajo la cobertura para conductores sin seguro requieren una demanda, un acuerdo o una solicitud formal de arbitraje dentro de dos años (Código de Seguros, § 11580.2(i)). Un reclamo abierto con un ajustador generalmente no detiene ninguno de estos plazos.
Preguntas frecuentes
Preguntas sobre este tema
¿El seguro de viajes compartidos me cubre como pasajero?
Durante el viaje, California exige $1,000,000 en cobertura primaria por la responsabilidad del conductor del viaje compartido y, desde el 1 de enero de 2026, cobertura para conductores sin seguro o con seguro insuficiente de $60,000 por persona y $300,000 por incidente mientras usted está en el auto (Código de Servicios Públicos, § 5433(b)). El reclamo aun así tiene que probar la culpa, la causalidad y los daños.
¿Qué pasa si el conductor del viaje compartido no llevaba pasajero?
Si el conductor había aceptado un viaje y estaba de camino a recoger al pasajero, aplica la cobertura de $1,000,000. Si el conductor estaba conectado y en espera de una solicitud, los límites primarios exigidos son $50,000 por persona, $100,000 por incidente y $30,000 por daños a la propiedad, más al menos $200,000 en cobertura en exceso. Si la aplicación estaba apagada, generalmente aplica la póliza personal del conductor (§§ 5433, 5434).
¿Cómo pruebo si el conductor estaba conectado a la aplicación?
Empiece con sus propias capturas de pantalla y recibos. Los registros de la empresa sobre cuándo el conductor inició y cerró sesión suelen ser decisivos, y California exige que la empresa o su aseguradora comparta esas horas con las aseguradoras que investigan la cobertura (Código de Servicios Públicos, § 5435).
¿Puedo usar mi propio seguro después de un choque de viaje compartido?
Es posible. Su propia cobertura para conductores sin seguro o con seguro insuficiente, o su cobertura de pagos médicos, puede aplicar según la póliza. Mientras un pasajero está en el auto, la cobertura para conductores sin seguro de la empresa de viajes compartidos es primaria, así que determine el orden en que pagan las pólizas antes de firmar cualquier liberación (release).
¿Tengo que reportar al DMV un choque de viaje compartido?
El deber recae en los conductores: un conductor involucrado en un choque con una lesión, una muerte o más de $1,000 en daños a la propiedad de una sola persona debe presentar un SR-1 ante el DMV dentro de 10 días (Código de Vehículos, § 16000). Un pasajero de todos modos debe guardar el número del reporte policial y los registros del viaje.
Fuentes primarias
Leyes de California y fuentes oficiales
La mayoría de estas fuentes oficiales están disponibles solo en inglés.
- Código de Servicios Públicos de California, § 5433 (requisitos de seguro para viajes compartidos)
- Código de Servicios Públicos de California, § 5434 (pólizas de auto personales con la aplicación encendida)
- Código de Servicios Públicos de California, § 5435 (horas de inicio y cierre de sesión en las investigaciones de cobertura)
- Senate Bill 371 (2025), Chapter 314 (Proyecto de Ley del Senado) — cobertura para conductores sin seguro en viajes compartidos
- DMV de California — reporte de accidentes SR-1
