Guía · Negligencia médica
¿Cuál es el plazo para presentar una demanda por negligencia médica en California?
Explicación cuidadosa de los plazos de uno y tres años por negligencia médica en California: reglas para menores, suspensión legal del plazo, aviso de 90 días y pronta revisión de expedientes.
Respuesta directa
¿Cuál es el plazo de prescripción para demandar por negligencia médica en California?
Por lo general, la sección 340.5 del Código de Procedimiento Civil exige que una demanda por negligencia profesional contra un proveedor de atención médica se presente dentro de los tres años siguientes a la fecha de la lesión o dentro del año siguiente a la fecha en que el demandante descubre la lesión (o en que, con una diligencia razonable, debió haberla descubierto), lo que ocurra primero. La ley incluye disposiciones específicas sobre la suspensión del plazo y sobre los menores de edad, y la sección 364 por lo general exige dar aviso 90 días antes de presentar la demanda. Estas reglas son técnicas, y el cálculo debe hacerse a partir de todos los hechos.
Puntos clave
Lo más importante
- Por lo general, rige el que venza primero entre el plazo de un año desde el descubrimiento y el plazo máximo de tres años.
- El descubrimiento puede tener que ver con el momento en que el demandante sospechó, o razonablemente debió haber sospechado, una lesión causada por negligencia.
- Las disposiciones legales sobre menores de edad y sobre la suspensión del plazo tienen una redacción y límites específicos.
- El requisito de dar aviso antes de demandar es distinto de investigar y preparar el caso.
Los plazos de un año y de tres años
La sección 340.5 usa dos plazos. Uno corre durante un año desde que la lesión se descubre, o desde que razonablemente pudo descubrirse; el otro corre durante tres años desde la fecha de la lesión. Por lo general, la ley aplica la fecha más temprana.
“Lesión” y “descubrimiento” son conceptos legales que pueden no coincidir con la fecha de un mal resultado, la de un diagnóstico posterior o el día en que el paciente cree por primera vez que algo salió mal. Todos estos elementos pueden ser relevantes: los expedientes médicos, los síntomas, la información revelada, las segundas opiniones y las comunicaciones.
La suspensión del plazo prevista por la ley es limitada y depende de los hechos
La ley contempla la suspensión del plazo en casos de fraude, ocultamiento intencional o la presencia de un cuerpo extraño que no tenga ningún propósito ni efecto terapéutico o diagnóstico. También contiene reglas para menores de edad, incluida una disposición especial para niños menores de seis años.
Otras leyes y decisiones judiciales pueden afectar un asunto en particular, pero no debe darse por sentada ninguna excepción. El paciente debe conservar las fechas exactas del tratamiento, el historial de síntomas, la cronología del descubrimiento y las comunicaciones, y buscar un análisis sin demora.
El requisito de aviso de 90 días
El sitio oficial de los tribunales de California (California Courts) identifica la sección 364 del Código de Procedimiento Civil como la regla de aviso al proveedor de atención médica. Por lo general, esa sección exige un aviso por escrito de la intención de demandar antes de presentar una demanda basada en negligencia profesional.
El aviso no sustituye a una demanda preparada ni crea tiempo adicional ilimitado. El momento del aviso y cualquier prórroga prevista por la ley deben evaluarse con cuidado junto con el plazo para presentar la demanda.
La revisión médica y de expertos lleva tiempo
La evaluación de un caso de negligencia médica puede requerir los expedientes completos de varios proveedores, imágenes, estudios de patología, datos de medicamentos, políticas del centro médico y registros de antes y después del incidente. Los expedientes deben organizarse en una cronología del tratamiento.
Habitualmente, expertos calificados evalúan la norma de atención profesional y si alguna desviación causó una lesión adicional. Un mal resultado por sí solo no es prueba de negligencia, y un acto negligente que no causó daño puede no respaldar un reclamo por daños.
Los proveedores públicos pueden sumar otro plazo
Un hospital del condado, un sistema de salud público, un empleado público u otro proveedor vinculado al gobierno puede dar lugar a cuestiones de la Ley de Reclamos Gubernamentales (Government Claims Act), además de las reglas de negligencia médica. Puede ser necesario presentar un reclamo por escrito dentro de seis meses, conforme a la sección 911.2 del Código de Gobierno.
La condición de entidad pública no siempre es evidente por el nombre con el que un centro médico se presenta al público. Confirme pronto las relaciones de propiedad, empleo, contratación y agencia.
Preguntas frecuentes
Preguntas sobre este tema
¿El plazo por negligencia médica en California es de un año o de tres años?
Por lo general, la sección 340.5 aplica el que venza primero de dos plazos: un año desde que la lesión se descubrió o razonablemente debió descubrirse, y tres años desde la lesión, sujeto a sus términos y excepciones.
¿El tratamiento continuo extiende el plazo?
No dé por sentado que sí. Las reglas de la ley sobre el descubrimiento, la lesión, la suspensión del plazo, los menores de edad y el aviso requieren un análisis de los hechos de cada caso.
¿Qué es el aviso de 90 días?
Por lo general, la sección 364 del Código de Procedimiento Civil exige dar aviso de la intención de demandar a un proveedor de atención médica antes de presentar una demanda por negligencia profesional.
¿Qué pasa si el proveedor es un hospital público?
Además de los plazos por negligencia médica, pueden aplicarse las reglas de los reclamos gubernamentales, que podrían exigir un reclamo por escrito dentro de seis meses.
Fuentes primarias
Leyes de California y fuentes oficiales
La mayoría de estas fuentes oficiales están disponibles solo en inglés.
