Qué implica el reclamo
Un reclamo por negligencia médica se rige por reglas distintas a las de otros casos de lesiones.
Un mal resultado no es, por sí solo, negligencia médica. La evidencia debe mostrar que un profesional no cumplió con la norma de atención y que esa falla causó un daño adicional. California también da a estos reclamos un plazo más corto, un aviso de 90 días antes de demandar, un límite a los daños no económicos y un tope a los honorarios del abogado. Esta página explica cómo se aplican las reglas a la atención en Tustin y sus alrededores.
Kyle Scott ejerce la abogacía desde 1991 y tiene su propio bufete desde 2003. Revisa el expediente y la cronología, identifica quién empleaba a cada profesional y organiza la revisión de expertos médicos calificados cuando los registros lo respaldan. Ya sea que necesite un abogado de negligencia médica en Tustin o en North Tustin, su primera conversación es con el propio Kyle Scott.
Quién prestó la atención
Pueden estar involucrados médicos, grupos médicos, hospitales, centros de cirugía y planes de salud. Quién empleaba a quién afecta a quiénes pueden ser demandados, cómo se aplica el límite a los daños y si el caso va a un tribunal o a arbitraje. Foothill Regional Medical Center, en Newport Avenue, y Encompass Health Rehabilitation Hospital of Tustin, en Kensington Park Drive, están en Tustin; UCI Health – Orange y Providence St. Joseph Hospital están en Orange; y Hoag Hospital Irvine y UCI Health – Irvine, que abrió en diciembre de 2025, están en Irvine. Se nombran solo como lugares donde los pacientes reciben atención, no como un comentario sobre esa atención. North Tustin es tierra no incorporada del condado, no forma parte de la Ciudad de Tustin, y allí se aplican las mismas reglas de California. Cuando un centro de enfermería descuida la atención básica de una persona mayor o de un adulto dependiente, el reclamo puede regirse por la ley de California sobre el abuso de personas mayores (Elder Abuse Act), que prevé los honorarios de abogado y los costos si se prueba imprudencia temeraria, opresión, fraude o malicia (Código de Bienestar e Instituciones, § 15657), mientras que los reclamos basados en la negligencia profesional de un proveedor siguen bajo las reglas de la negligencia médica (§ 15657.2).
Qué muestran los expedientes
El expediente, los estudios de imagen, los registros de medicamentos y las notas de enfermería por lo general deciden si existe un reclamo, y el despacho solicita los expedientes de cada proveedor involucrado. Un proveedor debe permitirle revisar sus expedientes dentro de cinco días hábiles después de una solicitud y enviarle copias dentro de 15 días (Código de Salud y Seguridad, § 123110).
Qué reloj está corriendo
La demanda debe presentarse dentro del primero de estos plazos en vencer: tres años después de la lesión o un año después de que usted la descubrió, o razonablemente debió descubrirla (Código de Procedimiento Civil, § 340.5), con un aviso por escrito de al menos 90 días al proveedor (§ 364). Si el proveedor es público, como UCI Health, por lo general un reclamo gubernamental por escrito vence dentro de seis meses (Código de Gobierno, § 911.2) y puede venir primero. Los Regentes de la Universidad de California (Regents of the University of California), que administran UCI Health, y los condados son entidades públicas (§ 811.2).
El límite a los daños, el tope a los honorarios y el tribunal
Los daños por dolor y sufrimiento están limitados por el Código Civil, § 3333.2: hasta el 31 de diciembre de 2026, $470,000 en un caso de lesión y $650,000 en un caso de muerte injusta, y en 2027, $510,000 y $700,000, con aumentos cada 1 de enero después de esa fecha. Se aplica el monto vigente al momento de la sentencia, del laudo arbitral o del acuerdo, y pueden aplicarse hasta tres límites separados: uno para los proveedores de atención médica, uno para las instituciones de atención médica y uno para los proveedores o centros no afiliados cuya negligencia separada ocurrió en otro centro o durante el traslado a él. Las facturas médicas, los ingresos perdidos y la atención futura no tienen tope. El Código de Negocios y Profesiones, § 6146, limita los honorarios de contingencia al 25% de la recuperación neta antes de que se presente una demanda o una solicitud de arbitraje, y al 33% después. Los casos civiles de cuantía ilimitada (unlimited civil cases), entre ellos la mayoría de los reclamos por negligencia médica, se atienden en el Central Justice Center, 700 Civic Center Drive West, Santa Ana.
Casos que revisa el bufete
Asuntos comunes de negligencia médica.
Información que puede ser importante
Un reclamo sólido comienza con la preservación de pruebas.
Los registros útiles varían según el caso. La revisión inicial identifica lo que existe, lo que debe solicitarse y lo que conviene preservar antes de que se pierda.
Guías legales
Respuestas a preguntas comunes sobre negligencia médica.
Preguntas frecuentes
Preguntas sobre reclamos de negligencia médica.
¿Hay un límite a lo que puedo recuperar por negligencia médica en California?
Solo para los daños no económicos. Según el Código Civil, § 3333.2, el límite de los daños por dolor y sufrimiento es de $470,000 en un caso de lesión y de $650,000 en un caso de muerte injusta hasta el 31 de diciembre de 2026, y de $510,000 y $700,000 en 2027, con aumentos cada 1 de enero después de esa fecha. Se aplica el monto vigente al momento de la sentencia, del laudo arbitral o del acuerdo, y pueden aplicarse hasta tres límites separados, según los proveedores y los centros involucrados. Las facturas médicas, los ingresos perdidos y los costos de atención futura no tienen tope.
¿Cuánto tiempo tengo para presentar un reclamo por negligencia médica en California?
Según el Código de Procedimiento Civil, § 340.5, el plazo es de tres años desde la lesión o de un año desde que usted la descubrió o debió descubrirla, el que venza primero. También debe darle al proveedor un aviso por escrito de 90 días antes de demandar (§ 364). Si el proveedor es una entidad pública, como UCI Health, por lo general el reclamo gubernamental vence a los seis meses. Los reclamos de menores siguen reglas aparte.
Me atendieron en UCI Health. ¿Mi reclamo es distinto?
Puede serlo. Los hospitales de UCI Health los administran los Regentes de la Universidad de California, a quienes el Código de Gobierno, § 811.2, enumera como una entidad pública. Los reclamos contra entidades públicas por lo general requieren un reclamo gubernamental por escrito dentro de seis meses de la lesión conforme al Código de Gobierno, § 911.2, antes de cualquier demanda. También se aplican las reglas habituales de negligencia médica. Confirme el plazo cuanto antes, porque un reclamo que se deja vencer puede terminar el caso.
Mi plan de salud exige arbitraje. ¿Aun así puedo presentar un reclamo?
Sí. Un acuerdo de arbitraje cambia dónde se decide el reclamo, no si usted puede presentarlo. Un árbitro neutral decide el caso en lugar de un jurado, y las reglas de negligencia médica de California siguen aplicándose, incluido el límite a los daños. Conserve los documentos de su plan y cualquier acuerdo que haya firmado.
¿Cuánto cuesta un abogado de negligencia médica en Tustin?
La consulta es gratuita. California también limita los honorarios de contingencia en estos casos. Según el Código de Negocios y Profesiones, § 6146, no pueden exceder el 25% de la recuperación neta si el reclamo se resuelve antes de que se presente una demanda o una solicitud de arbitraje, ni el 33% después.
¿Qué debo hacer si creo que un médico o un hospital cometió un error?
Busque atención con otro proveedor y conserve sus expedientes. Mientras los detalles están frescos, anote una cronología de los síntomas, las citas, las llamadas y los nombres de las personas con quienes habló. Solicite copias de su expediente; según el Código de Salud y Seguridad, § 123110, los proveedores deben enviar copias dentro de 15 días después de una solicitud. Después haga que se revisen los plazos desde temprano, porque el periodo de descubrimiento de un año puede pasar rápidamente.
Esta página ofrece información general, no asesoría legal. Se necesita una consulta para evaluar los hechos, plazos, partes y leyes que pueden aplicarse a un asunto específico.
Fuentes
Fuentes oficiales.
Las cifras y las normas legales de esta página provienen de estas fuentes oficiales (algunas solo en inglés).
- Código de Procedimiento Civil de California, § 340.5 (plazo para reclamos por negligencia médica)
- Código de Procedimiento Civil de California, § 364 (aviso de la intención de demandar a un proveedor de atención médica)
- Código Civil de California, § 3333.2 (límite de los daños no económicos por negligencia médica)
- Código de Negocios y Profesiones de California, § 6146 (límites a los honorarios de contingencia)
- Código de Salud y Seguridad de California, § 123110 (acceso del paciente a sus expedientes)
- Código de Gobierno de California, § 811.2 (entidades públicas)
- Código de Gobierno de California, § 911.2 (plazo de seis meses para presentar el reclamo)
- Código de Bienestar e Instituciones de California, § 15657 (remedios reforzados)
- Código de Bienestar e Instituciones de California, § 15657.2 (negligencia profesional)
- Departamento de Salud Pública de California — lista de centros de atención médica con licencia y certificados
- Departamento de Acceso e Información de Atención Médica de California (HCAI) — Foothill Regional Medical Center
- Departamento de Acceso e Información de Atención Médica de California (HCAI) — UCI Health – Irvine
- UCI Health — UCI Health – Irvine ya está abierto
- OC Public Works — áreas no incorporadas del Tercer Distrito (North Tustin)
- Tribunal Superior del Condado de Orange — lista de designación de tribunales
Áreas de práctica relacionadas
